El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó un decreto para aumentar las penas en los delitos de feminicidio, violación y abuso sexual.
La medida busca armonizar la legislación estatal con el Código Penal Federal y fue impulsada por la diputada Gabriela Martínez Lárraga, quien destacó la urgencia de abordar el incremento notable de la violencia sexual dirigida a mujeres y menores de edad.
Las reformas afectan varios artículos del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, específicamente el 135 (párrafo noveno), 171 (párrafo segundo), 173 (fracciones I y III), 174, 175 y 178 (párrafos segundo y último).
En el caso del feminicidio, la pena que antes oscilaba entre 20 y 50 años de prisión ahora se ha elevado a 40 a 60 años, con una sanción pecuniaria de cuatro mil a seis mil días del valor de la unidad de medida, cuando la víctima es una niña o adolescente, la pena se incrementa en una cuarta parte.
En relación con el delito de violación, la pena pasado de 8 a 16 años a 8 a 20 años de prisión, junto con una sanción pecuniaria de ochocientos a dos mil días del valor de la unidad de medida, más la reparación del daño.
En casos de violencia física o moral, el rango de la pena se aumentará en una mitad. En situaciones donde intervienen dos o más personas, la pena será de 10 a 22 años de prisión y una sanción pecuniaria de mil a dos mil días del valor de la unidad de medida, más la reparación del daño.
Finalmente, en el delito de abuso sexual, la pena experimenta un incremento significativo, pasando de 2 a 5 años de prisión a 6 a 10 años, con una sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida.
Estas reformas buscan fortalecer el marco legal para combatir la violencia de género y proteger a las víctimas, reflejando un compromiso por parte del Estado de San Luis Potosí para hacer frente a la creciente problemática de los delitos sexuales.
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